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Las columnas y artículos publicados en esta sección de "Puntos de Vista" hacen parte de un espacio en donde nuestros integrantes se expresan libremente y lo dicho en este espacio no compromete ni refleja necesariamente la opinión de la Comisión Colombiana de Juristas.

Indignadas

Viernes 01 de diciembre de 2017

Por: Jhenifer Mojica Flórez en CCJ


En la semana en la que se celebra el Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer [1] hubo dos noticias que me estremecieron profundamente en mi condición de mujer. La primera fue una noticia de El Espectador del 25 de noviembre "Controversia por un fallo sobre violencia sexual" [2], y la segunda publicada en El País el 29 de noviembre "Violación o escarmiento" [3]. Ambas noticias nos cuestionan sobre estereotipos de cómo nos comportamos las mujeres y de cómo deberíamos actuar ante la violencia sexual, sin cuestionar el fondo del asunto: por qué, aunque intolerable, sigue siendo "comprensible" la agresión y violencia sexual contra las mujeres.


La noticia de El Espectador no publicada en el marco de un ejercicio serio de sensibilización sobre la violencia contra la mujer, sino un resultado azaroso de una investigación en torno al escándalo de corrupción judicial más grande del país donde periodistas se dedican a espulgar cuanta sentencia haya sido emitida por los "togados" involucrados en los actos de corrupción para ver qué más les encuentran, habla de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de 2009, en donde se sostiene que la víctima de agresión sexual o violación debe oponer resistencia a su agresor, o de lo contrario se considera que el sexo es consentido.

La noticia retoma la postura de la Corte de absolver al violador por no encontrar que se hubiera cometido agresión sexual. La tesis de la Corte fundamentada de una parte, en las supuestas actitudes de resistencia que las víctimas debían de haber asumido frente a la agresión: "acción beligerante, o por lo menos defensiva o evasiva de la persona que está ad portas de ser agredida sexualmente"; y, de otra parte, en la "fragilidad física" del victimario, que "impiden concluir que las víctimas enfrentaran una amenaza seria que las obligara a sacrificar su autodeterminación sexual".

El escándalo de "La Manada" en España ha suscitado todo tipo de discusiones en torno a las actitudes que se esperan de las víctimas antes, durante y después de haber sido violadas, y de cómo las actitudes de la mujer que fue víctima de violación y agresión sexual de cinco hombres en las fiestas de San Fermín en 2016 no encajan en los "patrones" de conducta necesarios para que se considere cometida la violencia sexual.

El proceso avanzó, se practicaron todas las pruebas y la noticia de la semana es que se hicieron por parte de la acusación y la defensa los alegatos finales con los que quieren llevar al convencimiento sobre la culpabilidad o inocencia de los procesados. El juicio penal tiene juicios paralelos: el de opinión, donde medios de comunicación asumen posturas en uno y otro sentido; y el cívico, donde mujeres y movimientos feministas han acudido a las plazas a manifestarse en defensa de la víctima y de la libertad sexual de las mujeres.

Se ha argüido por la defensa que no hubo violencia física ni amenaza por parte de los perpetradores, y que las relaciones sexuales fueron consentidas puesto que la víctima no hizo resistencia física.  Para la fiscal del caso, los hechos se cometieron sin consentimiento, bajo violencia e intimidación. Sobre la falta de resistencia física, la fiscal considera que "no había otra opción razonable que dejarse" por el estado de subordinación y sumisión en que se encontraba la víctima.

La defensa de "La Manada" ha hecho del asunto todo un show. Sus discursos son extravagantes y llamativos, apelan continuamente a las actitudes de la víctima, identificadas a partir del trabajo de detectives privados que contrataron para hacerle seguimiento. Reprochan la "jovialidad" y "la particular manera de comportarse" de la víctima, reprochan publicaciones que ha hecho en sus redes sociales de donde deducen su "fogosidad", e interpretan en detalle los gestos, caras y sonidos de la víctima que quedaron registrados en los videos que los mismos acusados hicieron en el momento de los hechos.

La discusión ha quedado reducida a determinar si la víctima fue sometida o no a vejámenes sexuales, si su pasividad y falta de resistencia física implicó un consentimiento tácito, y si sus actitudes posteriores a los hechos demuestran que no fue traumatizada, de lo que se deduce que no fue victimizada. 

Vistas las dos noticias justo cuando se celebra internacionalmente el día de la no violencia contra la mujer, me genera enojo, ira y enfado como mujer. Me afecta de manera directa, me hiere en lo más profundo de mi conciencia femenina. Casos como estos, en donde se tejen argumentaciones y decisiones judiciales comprensibles de las agresiones y violencia sexual contra mujeres, sin enfocar la discusión sobre lo que es el fondo, sobre la actitud agresiva de los hombres que perpetraron los hechos, desconocen una vez más los derechos que las mujeres tenemos a nuestra libertad y autodeterminación sexual.

Pues no, no fue culpa de las mujeres jóvenes salir solas a rumbear y en la madrugada irse caminando a su casa, y no, no consintieron la agresión sexual que les propinó uno de los miembros de la pandilla que las acababa de atacar, robar y reducir en el caso fallado por la Corte Suprema de Justicia. No es una obligación de las mujeres "no dar papaya" como coloquialmente queremos justificar en Colombia la comisión de delitos. Las mujeres tenemos derecho a vestirnos como queramos, a salir cuando y donde queramos, a bailar solas, a caminar por la calle. A las mujeres no se nos puede trasladar la carga del Estado de no ser capaz de protegernos y garantizarnos nuestros derechos. A las mujeres no se nos puede atribuir la responsabilidad de los violadores, ya que la culpa es única y exclusivamente de ellos.

Pues no, cinco tipos en "manada" que toman a una mujer, la arrinconan y la someten a todo tipo de vejámenes, no pueden entender de su sumisión, subordinación y falta de resistencia física, que ella quería dejarse acceder sexualmente. Pues no, las mujeres, por libre pensadoras y liberales que parezcan, no somos una mercancía disponible para satisfacer el apetito sexual de los hombres. Incluso las prostitutas y actrices porno tienen derecho a decidir tener o no relaciones sexuales, y son violadas si son accedidas contra su voluntad. 

A las mujeres no se nos pueden exigir actos heroicos para oponernos o resistirnos a la violencia sexual, no nos pueden exigir que nos hagamos matar para que se nos garantice nuestra libertad e integridad. Las mujeres no somos seres pre formateados, estandarizados, medibles, nuestras conductas son libres y autónomas, y no corresponden a estereotipos prefijados. La sociedad no puede exigirnos que reaccionamos de X o Y manera ante la violencia… la sociedad no puede buscar justificantes de la violencia contra la mujer que es intolerable. Estamos Indignadas.

Referencias / Fuentes

[1] Desde 1981 este día de celebración internacional se celebra el 25 de noviembre para denunciar la violencia que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y reclamar políticas en todos los países para su erradicación http://www.un.org/es/events/endviolenceday/

[2] Ver en: https://www.elespectador.com/noticias/judicial/controversia-por-un-fallo-sobre-violencia-sexual-articulo-725082

[3] Ver en: ;https://politica.elpais.com/politica/2017/11/28/actualidad/1511890632_066244.html

Acerca de Jhenifer Mojica Flórez, Subdirectora de Litigio y Protección Jurídica

Actualmente y desde el 2014 está a cargo del proyecto de litigio estratégico en restitución de tierras implementado por la Comisión Colombiana de Juristas. Abogada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Colombia, especializada en derecho procesal. Con amplia experiencia en el campo de los derechos humanos, en especial, derechos sociales, económicos y culturales. Experta en temas de justicia transicional, justicia, reparación, restitución de tierras, procesos agrarios relacionados con el acceso a tierras y territorios de los pobladores rurales, las regulaciones de los baldíos nacionales y los recursos naturales.

Con más de 10 años de experiencia profesional, ha actuado como coordinadora del primer Proyecto Piloto de Restitución de Tierras en el país, consultora de diferentes operadores de la cooperación americana (USAID), asesora de la Dirección de Justicia Transicional del Ministerio del Interior y de Justicia para las Comisiones Regionales de Restitución de Bienes y asesora del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para la formulación e implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Últimamente, como Subgerente de Tierras Rurales del Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural- INCODER, ejecutora de la política de acceso a tierras y reordenamiento social de la propiedad en Colombia.