Ginebra, 25 de septiembre de 2017
Señor Presidente:
Colombia aceptó en el EPU de 2013 la recomendación de "Tomar medidas para asegurar que los proveedores de salud y profesionales médicos actúen en plena conformidad con la sentencia de la Corte Constitucional que despenaliza el aborto en ciertas circunstancias" .
Once (11) años después de adoptada dicha sentencia , persisten los obstáculos para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), en incumplimiento de lo recomendado, lo cual constituye una continuada vulneración a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Preocupa la ausencia de cifras oficiales sobre aborto y complicaciones por aborto inseguro. Además, el desconocimiento del marco normativo vigente y las interpretaciones distorsionadas del mismo ocasionan el incumplimiento de las obligaciones en materia de salud, justicia y protección en el trámite de las solicitudes de aborto . También hay obstáculos relacionados con fallas individuales o institucionales en la prestación del servicio que se traducen principalmente en dilaciones injustificadas.
A las mujeres víctimas de violencia sexual en los territorios con presencia de actores armados se les amenaza para que no presenten denuncia penal y, a pesar de lo señalado por la Corte Constitucional, las entidades prestadoras de salud aún deniegan o dilatan la IVE pretextando la ausencia de esta denuncia .
La Comisión Colombiana de Juristas pide que durante el Tercer Ciclo del EPU se fortalezcan las recomendaciones sobre los derechos de las mujeres en Colombia y que el Consejo de Derechos Humanos promueva mecanismos de seguimiento con participación de los sectores sociales afectados.
Gracias, señor Presidente.