Comunicación y RRPP

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Carta abierta al Presidente Duque sobre derechos de las comunidades étnicas

Miércoles 15 de abril de 2020

Bogotá, 15 de abril de 2020

Señor
Iván Duque Márquez
Presidente de la República de Colombia  

De nuestra consideración,

Las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos y del ambiente abajo firmantes, manifestamos a Ud. Señor Presidente nuestra preocupación y rechazo por las medidas regresivas en materia de derechos humanos y del ambiente propuestas por algunos sectores del empresariado colombiano, como parte del denominado “paquete de alternativas para la prevención de la parálisis de la actividad económica en el escenario de la pandemia por el coronavirus COVID-19”.

El pasado 3 de abril, 25 empresarios asociados al Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga remitieron a Ud. una comunicación con propuestas para ser implementadas en el marco de lo que han llamado la crisis socioeconómica causada por el COVID-19, manifestando especialmente la necesidad de adoptar medidas “para evitar que la actividad económica real caiga de forma drástica y persistente”.

El documento presenta medidas en diferentes niveles y temáticas, entre ellas una serie de medidas regresivas en materia de derechos humanos y del ambiente bajo la excusa de promover el desarrollo a partir del incremento en la productividad de algunos sectores. Ellos proponen “aprobar procedimientos abreviados para temas que hoy frenan el desarrollo como son los trámites de regalias (sic), de consulta previa y licencias ambientales en los que, sin vulnerar el ordenamiento jurídico, se simplifique su aplicación, para aumentar y acelerar la productividad en los sectores estratégicos de desarrollo económico del país”. Encontramos esta propuesta con especial preocupación pues una vez más materializa los discursos antagónicos sobre los derechos humanos de comunidades étnicas, como el derecho a la consulta previa, libre e informada.

Nuevamente se está usando un discurso que niega derechos y que entiende que el derecho a gozar de un ambiente sano y la garantía de la pervivencia física y cultural de los grupos étnicos, son asuntos que “frenan el desarrollo” del país, desconociendo abiertamente el reconocimiento constitucional que se da a la diversidad étnica y cultural de la Nación como un asunto de interés general en un Estado que se proclama como una república democrática, participativa y pluralista.

Le recordamos señor Presidente, al empresariado colombiano y a la opinión pública nacional e internacional, que la consulta previa, libre e informada no es un simple trámite, es un derecho de carácter fundamental, íntimamente vinculado con el ejercicio de la autodeterminación de los pueblos y su posibilidad de sobrevivir física y culturalmente.

En este sentido, avalar medidas que impliquen procedimientos abreviados no solo estaría contrariando los estándares internacionales y exponiendo al Estado de Colombia al incumplimiento de sus obligaciones internacionales3, sino que implicaría indudablemente la adopción de medidas regresivas en materia de derechos humanos, que afectarían el interés general.

En esa misma dirección, manifestamos nuestro rechazo a la reciente directriz del Ministerio del Interior4 que establece el uso de medios virtuales para la realización de la Consulta Previa, pues es contrario a la naturaleza y fin del derecho, al tiempo que desconoce las reales condiciones de vida en los territorios indígenas, donde el acceso a tecnologías de la información es generalmente excepcional. Además, el ejercicio del derecho a la consulta previa debe tomar en cuenta las formas propias de gobierno y toma de decisiones de las comunidades étnicas, por lo que desconocer esto implicaría la imposición de condiciones de desigualdad y privilegios en el diálogo intercultural.

Por otra parte, señalamos que la falta de rigurosidad en los trámites y procesos para la aprobación de proyectos extractivos en los territorios indígenas durante la pandemia permitirá dar vía libre para que el COVID-19 llegue a los territorios, generando un riesgo inminente y grave para las comunidades. 

Contrario a ello, creemos que, ante la crisis sanitaria, el cambio del contexto producido por este, y el aumento de riesgos y daños para las comunidades, todos los estudios de impacto social y ambiental de los proyectos deben realizarse de nuevo a fin de que pueda incluirse este riesgo como parte del estudio.

Recordamos así mismo que es precisamente en los momentos de crisis cuando la protección y garantía de derechos es lo más importante, y entorno a ello deberían girar todas las acciones y medidas que se adopten, especialmente para los grupos más vulnerables, como son las comunidades étnicas.

Por lo tanto, el deber del Estado en esta crisis es fortalecer las medidas que garantizan los derechos y el bienestar de toda la población y en especial de los grupos vulnerables, y no aprovecharse de la misma para adoptar medidas que violan abiertamente derechos fundamentales.

El Estado colombiano y las empresas tienen como práctica recurrente5 la adopción de medidas y prácticas que disminuyen garantías en materia ambiental, por ello la propuesta actual no es sorprendente, pero sí resulta sumamente reprochable que se utilice de forma amañada y oportunista el estado de emergencia social, económico y ecológico actual para la aprobación de este tipo de medidas.

De ser aprobadas, estas nuevas disposiciones disminuirían las garantías ambientales y violarían derechos fundamentales, pese a la existencia de un marco constitucional y legal en Colombia que regula los estados de excepción, a que la Corte constitucional ya se ha pronunciado sobre el tema y a que existen normas y estándares internacionales que señalan expresamente que bajo estados de excepción no se pueden limitar ni restringir derechos.

Debe recordarse que conforme al artículo 215 de la Constitución Política y la Ley estatutaria 137 de 1994 que regula los estados de excepción y conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica" y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, "Protocolo de San Salvador" -que hacen parte del bloque de constitucionalidad-, no es posible limitar o restringir derechos fundamentales, como la consulta previa, durante los estados de excepción y conforme a la Sentencia C-328 de 1999 de la Corte Constitucional6, ni siquiera durante este tipo de circunstancias, la licencia ambiental puede perder su fin preventivo, el cual corre alto riesgo a continuar con su proceso de desmonte.

De igual forma, proponen que el Ministerio de Agricultura priorice la reglamentación de las Zonas de Desarrollo Empresarial, “con el fin de dinamizar el sector productivo agroindustrial y apoyar la generación de empleo rural”, desconociendo que son los campesinos colombianos quienes han garantizado el abastecimiento de alimentos del país y son una población vulnerable, continúan olvidados y desconocidos por el Estado, y en tal virtud, es a ellos a quienes deberían dirigirse las medidas que les permita vivir en condiciones dignas. 

Por todo lo anterior, y en atención a la grave afectación que representaría para los derechos humanos y el ambiente la adopción y puesta en marcha de las propuestas del empresariado, bajo un potencial escenario de emergencia económica donde se prioricen acciones de impulso y protección al extractivismo por encima del bienestar y protección de las personas y el ambiente, las y los abajo firmantes:

1. Instamos al Presidente de la República y a todo el gobierno de Colombia a respetar sus obligaciones constitucionales e internacionales en materia derechos humanos y del ambiente, especialmente aquellas asociadas a la protección especial de los grupos étnicos y poblaciones en situación de vulnerabilidad, y a adoptar medidas que garanticen el bienestar y derechos de estos grupos ante la emergencia sanitaria.

2. En concordancia con lo anterior, instamos al Presidente de la República y a todo el gobierno de Colombia, a no adoptar ni tener en cuenta las propuestas presentadas por el Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga, así como ninguna otra que pretenda disminuir y restringir derechos, en observancia a la Resolución 01/2020 de la CIDH, donde señala que los Estados deben “abstenerse de promover iniciativas legislativas y/o avances en la implementación de proyectos productivos y/o extractivos en los territorios de los pueblos indígenas durante el tiempo en que dure la pandemia”.

3. Exigimos al Presidente y todas las instancias de gobierno a garantizar la salud, el bienestar y respetar todos los derechos territoriales y culturales de las comunidades étnicas a lo largo del territorio nacional, con especial énfasis en el derecho a la consulta previa, libre e informada.

4. Solicitamos al Presidente avanzar en la aprobación y ratificación del Acuerdo de Escazú, con su remisión al Congreso de la República en el menor tiempo posible y que garantice el contenido de este de manera que se asegure la vigencia de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la protección especial a los defensoras y defensores del ambiente.

5. Instamos al Presidente a declarar la suspensión temporal de actividades extractivas, por considerarlas no esenciales en el marco de la pandemia, y en cambio significar un grave riesgo para la expansión de la COVID-19 en los territorios de las comunidades étnicas.

Para dar seguimiento del contenido de esta nota, requerimos a los organismos internacionales y órganos de control con competencia en la materia a realizar un seguimiento riguroso de la situación para garantizar el goce efectivo de los derechos humanos y el ambiente. Hacemos un llamado especial a la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, así como a la Relatoría Especial sobre los derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de Naciones Unidas, al Comité de Derechos Económicos, Sociales y culturales de la ONU, a la Organización Internacional del Trabajo, a la Relatoría Especial sobre los derechos humanos y el medio ambiente de la ONU, a la oficina regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, al Foro Permanente para cuestiones indígenas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Así mismo, esta petición está disponible en Change.org para que todas las personas que quieran sumarse a este pedido puedan hacerlo, y juntxs logremos que el Presidente respete los derechos humanos y territoriales de las comunidades étnicas colombianas.

Súmate aquí con tu firma en Change.org 

Comunicado y organizaciones firmantes: