Incidencia Internacional

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Declaración oral presentada por la Comisión Colombiana de Juristas y la Comisión Internacional de Juristas

Jueves 01 de julio de 2021

Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 47° período de sesiones
Tema 3: Informe del Relator Especial sobre los derechos a la libertad
de reunión pacífica y de asociación (documento A/HRC/47/24)
Ginebra, 1° de julio de 2021

 

Señora Presidenta:

La Comisión Colombiana de Juristas y la Comisión Internacional de Juristas condenamos los hechos de violencia cometidos durante las recientes protestas en Colombia. Entre el 28 de abril y el 22 de junio, organizaciones de sociedad civil han documentado al menos 27 muertes de civiles atribuibles a la policía, 17 casos de agresiones sexuales contra mujeres y 1.677 personas heridas por el uso desproporcionado e innecesario de la fuerza por agentes estatales, incluyendo 80 personas con lesiones oculares. Más de 3.000 personas han sido detenidas, en su mayoría arbitrariamente. Muchas de las personas capturadas o detenidas han sido sometidas a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes[1]. Además, desconociendo estándares internacionales, la justicia penal militar está investigando muchos de estos hechos.

Es lamentable que, como respuesta a las manifestaciones, el gobierno haya involucrado a las fuerzas militares, contra la voluntad de las autoridades locales, recurriendo a modus operandi propios del conflicto armado, en lugar de adelantar una negociación para resolver las demandas ciudadanas. Más aún, las autoridades colombianas están incumpliendo la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que ordenó garantizar el derecho a la protesta, y varias regulaciones se han modificado para justificar la represión y criminalización de los manifestantes[2].

Por ello, urge que el Consejo de Derechos Humanos exhorte a Colombia a aceptar una visita del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación.

 

[1]Campaña Defender la Libertad: Asunto de Todxs. “Boletín informativo 19: #ParoNacional”. 22 de junio de 2021. Disponible en: https://defenderlalibertad.com/boletin-informativo-19-paronacional/
[2]La Directiva 0002 del 4 de junio de 2021 de la Fiscalía General de la Nación derogó la Directiva 008 de 2016, permitiendo investigar penalmente actos que hacen parte del derecho a la protesta. En el mismo sentido, el 18 de junio el ministro del Interior, Daniel Palacios, anunció la modificación del decreto 003 de 2021, que establece el protocolo de las protestas sociales en Colombia para agregar que “no constituyen manifestación pacífica aquellas que promuevan el empleo de medios para obstaculizar temporal o permanente vías o infraestructura, así como las que se convocan con fines ilegítimos, violencia, estigmatización y reitera el uso legítimo de la fuerza bajo principios de necesidad”. Con esta reforma se excluyen los bloqueos de vías de las manifestaciones del derecho a la protesta pacífica y se justifica el uso de la fuerza en su contra.