Columnas de opinón

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Ley de inteligencia: sin licencia para matar

Jueves 02 de diciembre de 2010

Por: Gustavo Gallón Giraldo en El Espectador


Los crí­menes del DAS no habrí­an podido conocerse si hubiera estado vigente antes la ley de inteligencia [1], declarada inconstitucional por la Corte el 16 de noviembre. Los periodistas que los revelaron a comienzos de 2009 podrí­an ser condenados a una pena de 5 a 8 años de prisión [2], la misma de un paramilitar sometido a la "ley de justicia y paz". Y la ex directora del DAS, hoy asilada en Panamá, habrí­a podido negarse a decir quién le dio la orden de hostigar ilegalmente a magistrados de la Corte y defensores de derechos humanos, amparada en una norma que exonera a los agentes de inteligencia del deber de declarar y de denunciar delitos [3]. Además, los documentos del DAS donde constan tales delitos podrí­an haber estado sometidos a reserva para el grueso público durante 40 años [4], cuando ya no serí­a posible una acción penal. Todo lo anterior, supuestamente en aras de la seguridad nacional, pero en evidente perjuicio de la ciudadaní­a.

Mucha gente cree que dicha ley era buena porque prohibí­a la recolección de información por motivaciones contrarias a los derechos humanos [5] e impedí­a invocar el principio de obediencia debida para justificar operaciones de inteligencia violatorias de derechos humanos o del derecho humanitario [6]. Además, porque establecí­a como órgano de control una Comisión Legal Parlamentaria integrada por seis congresistas encargados de hacer seguimiento a las actividades de inteligencia [7]. Pero la misma ley también facultaba al Gobierno para someter a dichos congresistas a "estudios periódicos de seguridad y confiabilidad", de tal forma que quienes no los aprobaran podrí­an ser excluidos de la Comisión, a petición del propio Gobierno [8]. Asimismo, el Gobierno podrí­a suspender temporalmente el acceso a la información por parte de la Comisión, por razones de seguridad nacional [9]. Paradójicamente, el controlador quedaba entonces controlado por el órgano que en teorí­a deberí­a ser supervisado.

La ley fue declarada inconstitucional por no haber sido tramitada como ley estatutaria, a pesar de que las organizaciones de derechos humanos advirtieron ese ostensible defecto durante el debate en el Congreso. Pero también advirtieron otros problemas de fondo, como los ya señalados, o el que la ley no regulara obtener información y pedir corrección de las reseñas en su contra consignadas en los archivos de inteligencia. La depuración de dichos archivos fue dejada en manos de la Junta Central de Inteligencia, es decir, sin control externo [10] . Además, la ley autorizó que, sin orden judicial, las agencias de seguridad pudieran solicitar información a las empresas de telecomunicaciones sobre las actividades de sus usuarios [11]. De otra parte, en medio de la confusión, la ley derogó un decreto que habí­a creado el Centro de Coordinación de la Lucha contra los Grupos de Autodefensa, como si ya no se necesitara [12].

Revivir dicha ley como una ley estatutaria, sin enmendar sus vicios de fondo, puede conducir a una nueva declaratoria de inconstitucionalidad. Más bien, deberí­a aprovecharse la ocasión para prever medidas que impidan la obstrucción de la justicia por agentes de inteligencia violadores de derechos humanos. Con ello probablemente se evitarán más asilos, tanto de victimarios inescrupulosos como de ví­ctimas reales de la persecución estatal.

Referencias / Fuentes

[1] Ley 1288 de 2009.

[2] Artí­culo 25.

[3] Art. 23.

[4] Art. 21.

[5] Arts. 4, 5 y 19.

[6] Art. 11, parágrafo.

[7] Arts. 13 a 15.

[8] Art. 16, parágrafo 1.

[9] Art. 16, parágrafo 2.

[10] Art. 19.

[11] Art. 31, parágrafo 1.

[12] Decreto 324 de 2000 (derogado por el art. 34 de la Ley 1288 de 2009).

Acerca de Gustavo Gallón Giraldo, Fundador de la Comisión Colombiana de Juristas

Defensor de derechos humanos. Abogado de la Universidad Externado de Colombia.

Diplome D'Etudes Approfondies - D.E.A. en Ciencia Política de la Universidad de París I.

Estudios de doctorado en Sociología Política de la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales de París (1976-1983).