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Observaciones de la CCJ al proyecto de decreto ley sobre Pago por Servicios Ambientales

Viernes 26 de mayo de 2017

En atención al proceso que se viene adelantado por parte del gobierno nacional en la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (Acuerdo Final) mediante el trámite de Fast Track, la Comisión Colombiana de Juristas envía este documento al Ministro de Medio Ambiente, Luis Gilberto Murillo, y a la Directora Parques Naturales Nacionales, Julia Miranda Londoño; para realizar algunas observaciones y comentarios de tipo jurídico a la versión circulante del proyecto de ley titulado "Por medio del cual se establece el Pago por Servicios Ambientales y otros incentivos de conservación".

Tras analizarlo, consideramos que el Proyecto busca enmendar los errores cometidos por el Decreto 0953/13 que desarrolla el artículo 210 de la Ley 1450/11 (PND Santos 2010-2014), pero la propuesta es bastante limitada porque no dialoga con las demás medidas que se requieren para la implementación de los puntos 1 y 4 del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

En este breve texto, recomendamos que el  Pago por Servicios Ambientales (PSA) no se limite a la preservación y restauración, sino que involucre otros tipos de usos sostenibles del territorio y el reconocimiento del campesinado como un sujeto que requiere no sólo de esta, sino de otro tipo adicional de medidas y programas de asistencia, financiación y acompañamiento técnico para lograr la reconversión productiva de sus prácticas agrícolas, y el ejercicio de su rol de corresponsable ambiental.

A manera de conclusión, creemos que es menester que este proyecto sea más dialogante con las demás medidas que se requieren para la implementación de los puntos 1 y 4 del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, que no se limite a la preservación y restauración, sino que involucre otros tipos de usos sostenibles del territorio y el reconocimiento del campesinado como un sujeto que requiere no sólo de esta, sino de otro tipo adicional de medidas y programas de asistencia, financiación y acompañamiento técnico para lograr la reconversión productiva de sus prácticas agrícolas, y el ejercicio de su rol de corresponsable ambiental.

Puede consultar y descargar nuestro documento de observaciones aquí: