Bogotá, 27 de agosto de 2020. Entre 2001 y 2008 fueron asesinadas en Boyacá casi un centenar de personas en diferentes hechos, como la masacre del Páramo de la Sarna, que cobró la vida de 14 personas, las ejecuciones extrajudiciales de 86 personas presentadas como guerrilleros muertos en combate, y 18 más asesinadas bajo la modalidad de exterminio social. Los hechos comprometen la presunta responsabilidad de agentes de la fuerza pública pertenecientes a la Iª Brigada del Ejército, el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y la SIJIN de la Policía, según se concluye de decisiones judiciales administrativas y penales.
Estos crímenes están documentados en el informe “Boyacá: Sembrando justicia, memoria y dignidad”, entregado por la Comisión Colombiana de Juristas –CCJ-, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” –Cajar-, el Colectivo Vida, Memoria y Dignidad y el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado –Movice- a la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP- y a la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad. Y es que el departamento de Boyacá, a pesar de ser conocido como un “remanso de paz”, también vivió el conflicto armado y la violencia sociopolítica que dejaron a su paso 45.121 víctimas, según datos de la Unidad para la Reparación Integral de las Víctimas.
La masacre del páramo de La Sarna, el primer hecho documentado, fue planeada y coordinada entre integrantes de la Primera Brigada del Ejército Nacional, la SIJIN de la Policía Nacional y paramilitares de las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC). Después de 19 años de ocurrida, el Consejo de Estado condenó al Estado colombiano por participar efectivamente en la planeación, ejecución y ocultamiento de esta masacre y concluyó que se configuró un crimen de lesa humanidad. Este no fue un hecho aislado, sino que se enmarca en un contexto nacional de participación del Estado colombiano en acciones cometidas por grupos paramilitares, que refleja las consecuencias de la ampliación del concepto de “enemigo interno”, presente aún en la formación y política interna de las Fuerzas Militares y su relación con la estigmatización de la población civil.
Por esta masacre, cometida el 1º de diciembre de 2001, el Estado colombiano fue declarado responsable a través de la Policía y el Ejército Nacional en decisión del Consejo de Estado de 2019. El informe presentado profundiza en la presunta responsabilidad del comandante de la Primera Brigada, Brigadier General Fabio Bedoya Correa, quien, a pesar de tener conocimiento sobre el inminente riesgo de ataque a la población civil, no tomó ninguna medida para prevenirlo, e incluso reposan pruebas en la decisión del Consejo de Estado para concluir que ordenó levantar el retén militar la noche anterior a la masacre.
Igualmente, se analiza la presunta responsabilidad del comandante del Batallón de Artillería No. 1 “Tarqui”, Coronel Jaime Esguerra Santos, quien declaró que tuvo conocimiento de la ocurrencia de la masacre en horas de la mañana por información dada directamente por el comandante de la Policía, según consta en el fallo judicial que condenó al paramilitar Luis Afrodis Sandoval, de las ACC.
De otra parte, entre noviembre de 2002 y marzo de 2003, personal de inteligencia de la Primera Brigada, de la Policía Nacional y del extinto DAS, coordinaron y en algunos casos ordenaron a integrantes de las ACC la ejecución extrajudicial de 18 víctimas, las cuales fueron perpetradas durante octubre de 2002 y noviembre de 2003, período en el cual el Brigadier General Germán Galvis Corona ejercía como comandante de la Primera Brigada. Para la comisión de estas ejecuciones extrajudiciales, la sección de inteligencia de la Primera Brigada entregaba listas a las ACC con información de las personas que debían ser asesinadas; la mayoría de ellas eran habitantes de calle, consumidores de estupefacientes o habían sido sindicadas arbitrariamente de cometer algún delito, o de ser “colaboradores” o “integrantes” de las guerrillas”. Además de este intercambio de información, se fraguó un acuerdo para que la Primera Brigada no atacara a los grupos paramilitares que hacían presencia en la zona, a cambio de dinero.
Cinco sentencias condenatorias contra el agente de inteligencia de la Primera Brigada, Luis Díaz Molano, por el homicidio de 17 de las 18 víctimas de los casos documentados, y el acervo probatorio aportado por la Fiscalía General de la Nación, revelaron una alianza entre la sección de inteligencia de la Primera Brigada, específicamente el Teniente Coronel Francisco Javier Padilla Blanco, y las ACC encabezadas por el paramilitar Luis Eduardo Linares Vargas alias “HK”, también involucrado en la Masacre de La Sarna.
Tanto el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja como el Tribunal Administrativo de Boyacá concluyeron que integrantes de la SIJIN y del DAS estaban involucrados en la práctica de exterminio social. Asimismo, fallos condenatorios e investigaciones adelantadas por la Fiscalía evidenciaron que integrantes de la sección de inteligencia de la Primera Brigada del Ejército participaron directamente en la selección de las víctimas y, en general, en la planeación de estos graves hechos, incluso mediante la entrega a integrantes de las ACC de armas y vehículos para transportar a las víctimas.
Adicionalmente, el informe presenta el análisis de 64 casos que dejaron 86 víctimas mortalesde ejecuciones extrajudiciales bajo la modalidad de falsos positivos, donde se identificó la participación de al menos 175 integrantes de unidades militares adscritas a la Primera Brigada. Llama la atención que únicamente existen sentencias condenatorias en contra de 22 militares, lo cual equivale al 12,5 % del total de implicados; todos los condenados son militares de bajo rango, lo que también refleja la responsabilidad de las diferentes instituciones estatales en la demora de la satisfacción de los derechos de las víctimas.
El informe recoge patrones de criminalidad en hechos cometidos por los integrantes de la Primera Brigada en cinco etapas comprendidas entre 2003 y 2008, bajo las comandancias de los oficiales Luis Antonio Coronado León (noviembre de 2003 a diciembre de 2004), Sergio Mantilla Sanmiguel (5 de enero de 2005 al 27 de noviembre de 2006), Germán Enrique Cardona Pinzón (23 enero 2006 al 30 enero 2007), Rafael Alberto Neira Weisner (29 de diciembre de 2006 - 10 de diciembre de 2007), y Luis Fernando Rojas Espinoza (22 de febrero de 2008 al 30 de septiembre de 2008).
La supuesta presencia de grupos armados ilegales en las provincias de La libertad, Valderrama, Sugamuxi y Neira dio lugar a la estigmatización de la población civil por parte de militares de la Primera Brigada. La población más afectada por esta práctica para el período 2003-2004 fueron personas que se dedicaban a las labores del campo (42 %); en el período 2005-2006 se seleccionaron personas que trabajaban como vendedores de minutos, taxistas, trabajos varios, buscadores de pasajeros en la terminal, vendedores ambulantes, vigilantes; en el período 2007-2008 el (55 %) de las ejecuciones se concentraron en personas con condiciones especiales (farmacodependencias, diversidad funcional y con antecedentes penales).
Las prácticas de violencia sufridas por las víctimas del presente informe les generaron impactos y daños devastadores a nivel individual, familiar, colectivo y comunitario. Su deseo con este informe es limpiar y dignificar el nombre de sus familiares para que sean reconocidos por lo que fueron realmente: familiares, ciudadanas y ciudadanos inocentes, con derechos e integrantes de su comunidad que dejaron un gran vacío en ella y en sus seres queridos. Por estas razones, las víctimas les solicitan a los mecanismos del SIVJRNR medidas integrales de reparación: satisfacción, restitución, rehabilitación y garantías de no repetición; algunas de ellas con enfoque de género.
A la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, Convivencia y No Repetición se le solicita que contribuya a esclarecer e identificar las causas explicativas y los patrones de conducta recurrentes que se han señalado en el presente informe, establezca el impacto humano y social en el territorio investigado de una forma veraz, y analice, esclarezca y visibilice la responsabilidad colectiva y agravada del Estado respecto de los hechos documentados.
A la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se le solicita que reconozca la calidad de víctimas a las personas nombradas en este informe, que se priorice a la Primera Brigada como una de las unidades militares en el marco del caso 003, sobre muertes presentadas ilegítimamente como dadas de baja en combate y que se llame a los integrantes de la Plana Mayor a rendir versión voluntaria de reconocimiento de verdad y responsabilidad. También se pide a la JEP seleccionar, priorizar y abrir un macrocaso sobre las relaciones entre agentes estatales y grupos paramilitares.
Finalmente, se solicita a los órganos que hacen parte del SIVJRNR que en el marco de sus competencias, además del fenómeno del conflicto, se incluyan también los hechos de violencia sociopolítica y se establezcan criterios de diferenciación caso a caso entre estas dos modalidades de violencia; asimismo que, como medida de satisfacción de los derechos de las víctimas, se promueva la realización de “actos tempranos de reconocimiento de responsabilidad y perdón” y el restablecimiento de la dignidad y el buen nombre de las víctimas, previamente concertados con ellas y atendiendo a sus necesidades particulares.
Comisión Colombiana de Juristas –CCJ-, Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” –Cajar-, Colectivo Vida, Memoria y Dignidad y Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado –Movice-.