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El Estado colombiano desconoce órdenes del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el caso de Julio Molina y Guillermo Anzola

Martes 22 de marzo de 2022

Bogotá, D.C., 22 marzo de 2022. El pasado 7 de marzo se conmemoraron 27 años de la desaparición forzada de Julio Eduardo Molina Arias y Guillermo Anzola Grajales, quienes se dirigieron al municipio Puerto Triunfo desde Medellín para atender asuntos personales. El 9 de marzo de 1995, dos días después de iniciar su viaje, llamaron a sus familias para comunicarles que emprenderían el regreso. Desde ese momento no se tiene conocimiento de su paradero. Días después, el 17 de marzo de ese mismo año, fue hallado el automóvil en el que se desplazaban Anzola y Molina en el municipio San Francisco (Antioquia), sin rastro alguno de sus ocupantes.

El primero de septiembre de 2011, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), en calidad de representante de los familiares de las víctimas, envió una petición al Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas; en esta solicitó que se declarara la responsabilidad del Estado colombiano por la desaparición de Eduardo y Guillermo en el Magdalena Medio, una región golpeada fuertemente por el conflicto armado debido a su ubicación estratégica y a sus recursos naturales, foco de interés para los grupos armados.

Tiempo después, el Comité de Derechos Humanos determinó que el Estado había violado los derechos de Anzola y Molina[1], y que no había destinado los esfuerzos necesarios para investigar su desaparición, enjuiciar a los responsables y ofrecer reparación[2]. Hasta la fecha, Colombia no ha adoptado una decisión de fondo en lo relativo al reconocimiento y reparación de los daños causados a las víctimas.

El Estado ha dilatado el cumplimiento de las órdenes del Comité de Naciones Unidas, ignorando los derechos de petición enviados, postergando la toma de decisiones de fondo y negando el reconocimiento de sus obligaciones estatales.

El Estado colombiano ha negado a las víctimas los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparación, a la garantía de no repetición y a la no revictimización, entre otros. Desde la Comisión Colombiana de Juristas seguiremos trabajando para que el dictamen del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas se cumpla y para que haya un avance efectivo en las investigaciones penales, con la finalidad de obtener justicia por el delito de desaparición forzada en contra de los señores Julio Eduardo Molina Arias y Guillermo Anzola Grajales.

 

Comisión Colombiana de Juristas

[1] Párrafo 9.4 del Dictamen del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Caso No.  2134/2012

[2] Párrafo 9.8 del Dictamen del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Caso No.  2134/2012