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Vianqueros, Fundanenses y más, en disputa por La Gloria

Lunes 04 de diciembre de 2017

Los campesinos en Colombia trabajan la tierra, la cuidan, la hacen parte esencial de sus vidas pero no la tienen, no es de ellos. Esto es lo que está pasando en los predios la Gloria y el Alivio (ubicados en el corregimiento de la Avianca - municipio de Pivijay, Magdalena) donde, de acuerdo a las diferentes versiones allegadas al proceso, existen cuatro grupos de personas que consideran tener derecho sobre los predios reclamados.

El primero de ellos es la familia Sánchez, quienes ostentan la calidad de propietarios pero nunca han habitado el predio ni lo han puesto a producir de ninguna manera. El segundo grupo es el conocido como Los Vianqueros, llamado así por ser oriundos del corregimiento de La Avianca, quienes hoy ejercen la posesión de los predios; la mayoría de ellos llegaron a la tierra primero en calidad de tenedores y posterior a la muerte del señor Daniel Sánchez, propietario de ambas fincas, iniciaron la posesión impulsados por el Procurador Agrario y funcionarios del extinto Incora, quienes  les aseguraron que los predios eran baldíos y por tanto podían ocuparlos. Los Vianqueros han estado durante 23 años en el predio y lo hicieron cultivable; allí tienen sus animales, sus cultivos y sus viviendas y su vida.

El tercer grupo corresponde al conocido como Los Fundanenses, oriundos de Fundación, un municipio cercano, quienes después de la muerte del propietario de los predios llegaron buscando colonizar las tierras por considerar que se trataban de bienes baldíos. Allí ejercieron posesión por varios años y después, a causa de situaciones de violencia, abandonaron los predios y vendieron a campesinos del corregimiento, quienes a su vez fueron también posteriormente obligados a abandonar.

Las personas pertenecientes a estos tres grupos fueron inscritas en el registro de tierras abandonadas y despojadas, aclarando que se trata de victimas sucesivas que tuvieron relación con la tierra en diferentes momentos y que por tanto todas tienen un derecho sea a la restitución o la compensación.

El cuarto grupo está conformado por campesinos que llegaron a los predios con después del desplazamiento a ejercer posesión por compras que realizaron a sus anteriores poseedores y quienes, al no ser víctimas de abandono, no fueron incluidos en el registro, pero que claramente se verán afectados con las decisiones que se profieran.

Así las cosas, la Comisión Colombiana de Juristas radicó el día 15 de noviembre de 2017 tutela contra el Juez Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Santa Marta, toda vez que dictó sentencia de restitución sobre los predios  la Gloria y el Alivio a favor de sus propietarios, (Los Sanchez) lo cual implicará el desalojo de 34 parceleros y sus familias (Los Vianqueros) quienes han vivido y trabajado los predios por más de 23 años y quienes  también son víctimas de abandono forzado.

La sentencia que ordena la restitución vulneró el debido proceso, el derecho a la vivienda y el trabajo, pues  la decisión se tomó sin tener en cuenta que sobre los mencionados predios, versan otros dos grupos de solicitantes, debidamente inscritos en el Registro de Tierras Abandonadas y Despojadas, quienes han sufrido abandonos sucesivos,  eludiendo así el deber legal de acumulación, establecido en el párrafo tercero del artículo 76 y artículo 95 de la Ley 1448 de 2011.

Estos grupos a su vez se ubican en dos grandes procesos judiciales conocidos por el Juez Primero Civil Especializado en Restitución de Tierras de Santa Marta, el primero adelantado por la familia Sánchez a favor de 14 herederos; el segundo es un proceso acumulado en el cual se encuentran 7 solicitudes de restitución colectiva (correspondientes a  47 solicitantes), presentadas por diferentes entidades: la Comisión Colombiana de Juristas, la Defensoría del Pueblo y la Unidad de Restitución de Tierras.

Dentro del proceso adelantado por la familia Sánchez, el juez profirió, ello a pesar que tenía conocimiento de la existencia de otros grupos poblacionales, de los cuales incluso uno ya había presentado solicitud de restitución al momento de proferirse la misma, la cual es hoy el objeto de tutela. 

Para la Comisión Colombiana de Juristas, dicha decisión genera una gran preocupación pues significará la revictimización de los campesinos poseedores quienes serán desalojados como producto de la orden de entrega de los predios a sus antiguos propietarios.  Claramente,  esta orden desconoce la naturaleza de la ley de Restitución de Tierras y el enfoque de acción sin daño, el cual determina que lo más pertinente hubiese sido restituir a quien hoy se encuentran en los predios y compensar a las demás víctimas.