Usted está en Nuestro quehacer: Incidencia Nacional
Compartir en  

Decreto sobre uso de la fuerza: un paso para la reforma policial

Jueves 10 de octubre de 2024

El pasado 3 de octubre, el Gobierno nacional expidió el Decreto 1231, por medio del cual reglamenta el uso diferenciado y proporcional de la fuerza para la Policía Nacional. Este acto fue producto de un proceso de diálogo que se adelantó desde agosto de 2023 hasta febrero de 2024, entre el Ministerio de Defensa, la Policía Nacional y las organizaciones sociales de la Mesa de Trabajo por la Reforma Policial, con el acompañamiento y asesoría de la Oficina del Alto Comisionado las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia.

La Mesa por la Reforma Policial reconoce la relevancia de este nuevo decreto en la regulación del actuar policial. Es la primera vez que un Gobierno decide intervenir en la excesiva autonomía reglamentaria que tiene la Policía Nacional. Reconocemos la disposición del Ministerio de Defensa para discutir estos temas y asumir de manera más decidida su función de policía, como dicta la Constitución y la Ley.

Asimismo, es la primera vez que la Policía Nacional dialoga sobre su actuación con las víctimas de abuso de autoridad y organizaciones de derechos humanos, bajo una metodología amplia de discusión, que implicó una revisión detallada de distintos asuntos, donde reconocemos la escucha reflexiva de nuestras propuestas. Por ello, consideramos este decreto como un resultado de las demandas de la ciudadanía y de la receptividad a nuestras iniciativas. Si bien no resuelve integralmente la transformación policial que planteamos en el Pliego por la Reforma Policial, sí ofrece la oportunidad de replantear y supervisar el accionar policial en consonancia con las garantías de los derechos humanos.

Esta nueva regulación pone como eje central la primacía del diálogo en la actuación policial, y hace énfasis en el uso de la fuerza como último recurso ante situaciones que afectan la convivencia y la seguridad, al tiempo que reconoce que la fuerza debe ser usada de manera gradual, acorde a determinados niveles de resistencia de la persona. Por otro lado, en términos de responsabilidad de mando, establece de manera clara las responsabilidades de los superiores en materia de planeación, verificación y evaluación del servicio; precisa la actuación bajo el principio de mínima intervención posible del Estado, lo cual, sin duda, es un avance central en la materialización de la estricta necesidad y la proporcionalidad.

Es importante resaltar que existen áreas temáticas con una resistencia institucional al proceso de transformación policial y que son indispensables para garantizar la no repetición de graves violaciones a los derechos humanos en la actividad de policía. Consideramos necesario que en la legislación nacional esté explícita la prohibición del uso de la fuerza con intención letal en cualquier circunstancia y profundizar el concepto de resistencia activa, ya que sigue siendo problemático en el marco del ejercicio de la protesta social, derechos que necesariamente implican una resistencia pasiva o activa, y del debido proceso en el procedimiento de policía.

Insistimos en que sigue siendo importante precisar los criterios que determinan la estricta necesidad, en particular al nivel cuantitativo y temporal, así como la delimitación expresa de las armas, municiones y elementos estrictamente permitidos para determinados niveles de resistencia, con el fin de evitar excesos y usos abusivos de las mismas para fines que impliquen un daño a la vida, la integridad y la libertad.

Bajo esta medida, es necesario delimitar, de manera estricta, los medios de fuerza autorizados para la actuación policial y la amplia posibilidad que tiene la Policía para adquirir nuevas tecnologías sin una evaluación técnica, independiente del riesgo. Esto es esencial para que no se repita lo sucedido con el abuso de la escopeta calibre 12, suspendida por la Corte Suprema de Justicia en 2020 y cuyo uso fue requerido nuevamente por la Policía, lo cual nos produce profunda preocupación.

Consideramos que esta nueva regulación es un avance significativo en la apertura institucional hacia una reforma policial integral. Esperamos que este sea el modelo participativo del proceso de transformación policial, que se profundice en la delimitación estricta de las competencias de la Policía y en el uso de armas de menor letalidad. Adicionalmente, es fundamental que la opinión pública no pierda de vista que estas medidas son cruciales para evitar los excesos en el uso de la fuerza evidenciados en sedes judiciales y administrativas, como una garantía para las víctimas y para la ciudadanía en ejercicio de sus derechos fundamentales. Por ello, es necesario realizar un seguimiento a su implementación.

¡Continuaremos en la tarea de impulsar una reforma policial integral y la veeduría por parte de la ciudadanía, para erradicar la violencia policial!


Suscribimos:

Colectivo de Abogadas y Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR)
Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP)
Campaña Defender la Libertad: un Asunto de Todas (CDLAT)
Comisión Colombiana de Juristas (CCJ)
Ilex Acción Jurídica
Temblores Ong
Movimiento en Resistencia Contra las Agresiones Oculares del Esmad (MOCAO)
Asociación para la Promoción Social Alternativa Minga (Asociación Minga)
Fundación Lazos de Dignidad (FLD)
Liga Internacional de Mujeres por la Paz y la Libertad (LIMPAL)
Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE)
Corporación Justicia y Democracia (CJyD)
Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad-Dejusticia
Movimiento por la Defensa de los Derechos del Pueblo-MODEP
Coordinación Colombia Europa Estados Unidos