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¿Plantar cercas o tender puentes?

Jueves 24 de mayo de 2018

Por: Gustavo Gallón Giraldo en El Espectador


“Buenas cercas hacen buenos vecinos”, dijo el fiscal general en un seminario sobre la justicia, organizado por la Procuraduría en Cartagena el 21 y 22 de mayo, con participación de presidentes de las altas cortes y de importantes representantes de víctimas. Quería con ello expresar que los límites entre la justicia ordinaria y la justicia transicional deberían ser precisos e indiscutibles para que funcionen adecuadamente, lo cual está bien. Pero pretendía también que se entendiera que el caso Santrichno podría ser conocido por la Jurisdicción Especial de Paz (la JEP), porque los delitos imputados por la orden internacional de captura en su contra habrían sido perpetrados después de la firma del Acuerdo de Paz. Por ello, el fiscal habría pedido al procurador, mediante trinos, que actuara como parte contra la decisión de la JEP de asumir la competencia sobre el trámite de extradición de Santrich. El procurador además anunció públicamente en el mencionado evento que así lo haría.

Los dos han pasado por alto que la “cerca” que reclama el fiscal está claramente establecida por el Acto Legislativo 01 de 2017, el cual señala sin lugar a dudas que la primera autoridad judicial competente para intervenir en el caso Santrich es la JEP. En efecto, el artículo 19 transitorio, que es norma constitucional, señala que “cuando se alegue, respecto de un integrante de las Farc o de una persona acusada de ser integrante de dicha organización, que la conducta atribuida en la solicitud de extradición hubiere ocurrido con posterioridad a la firma del Acuerdo Final, la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz evaluará la conducta atribuida para determinar la fecha precisa de su realización y decidir el procedimiento apropiado”. Es decir que, capturado Santrich en cumplimiento de la orden internacional, habría debido ser puesto a disposición de la JEP para acatar la disposición que se acaba de transcribir. Es la JEP, y no el fiscal ni la justicia ordinaria, quien tiene que “evaluar la conducta atribuida” a Santrich y “determinar la fecha precisa de su realización”.

Las víctimas presentes en el evento invitaron al fiscal a tender puentes en vez de plantar cercas entre la justicia ordinaria y la justicia transicional. Le recordaron que ellas han sido reconocidas como el centro del Acuerdo de Paz y le pidieron en tal virtud que nadie sea extraditado antes de ser procesado en Colombia, para garantizar la realización de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación. Coincidieron así con la presidenta de la JEP, quien recordó el principio constitucional de colaboración armónica entre los poderes públicos (art. 113). Y con Pablo de Greiff, quien acaba de terminar su mandato como primer relator de Naciones Unidas sobre justicia transicional, y advirtió la necesidad de una adecuada coordinación con la justicia ordinaria. Lo propio hicieron los presidentes de la Corte Constitucional, de la Sala Penal de la Corte Suprema, del Consejo de Estado y de la Comisión de la Verdad.Where to buy your provigil?

Tender puentes en vez de plantar cercas: una manera propositiva, y muy noble, de acotar que “un buen vecino no corre las cercas”.

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Acerca de Gustavo Gallón Giraldo, Fundador de la Comisión Colombiana de Juristas

Defensor de derechos humanos. Abogado de la Universidad Externado de Colombia.

Diplome D'Etudes Approfondies - D.E.A. en Ciencia Política de la Universidad de París I.

Estudios de doctorado en Sociología Política de la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales de París (1976-1983).