Por: Gustavo Gallón Giraldo en El Espectador
Hay poblaciones donde el número de personas desplazadas entre 1997 y 2010 es mayor que el de sus habitantes: en Ovejas, donde viven 21.000 personas, 23.000 han sido desplazadas en algún momento, si se cuentan los sucesivos desplazamientos que han sufrido. En Carmen de Bolívar hay 68.000 habitantes y 68.000 han sido desplazados. Así lo pone en evidencia el Informe de Desarrollo Humano Colombia 2011 elaborado por el PNUD, que se enfocó en tres regiones de desplazamiento: Montes de María (en Sucre y Bolívar), el Alto San Juan (en Chocó y Risaralda) y La Macarena-el Ariari (en Meta y Guaviare) [1].
En el Alto San Juan, San José del Palmar cuenta con 5.068 habitantes, de los cuales 4.337 han sido desplazados. En La Macarena-Ariari, 26.107 personas han sido desplazadas de Vistahermosa, frente a una población de 21.194 residentes. El caso más dramático quizás se da en relación con la etnia guayabero o jiw: de 1.200 personas que la conforman, 909 (es decir, las tres cuartas partes de este pueblo) están en situación de desplazamiento en cinturones de miseria de ciudades como Villavicencio. Razón tuvo el Relator de Naciones Unidas sobre pueblos indígenas para alertar, luego de su visita a Colombia en marzo de 2004, sobre la necesidad de prevenir un genocidio contra las comunidades indígenas en peligro de extinción especialmente en la Amazonía, alerta que sigue vigente [2].
Aunque los agentes de desplazamiento en estas regiones son similares (paramilitares, guerrillas, fuerza pública), su articulación con las estructuras de poder y los modos de producción locales son diferentes. En los Montes de María ha habido concentración de tierras desde siempre e intentos frustrados de reforma agraria desde los años 60. En el Alto San Juan, han predominado las explotaciones madereras en detrimento de los pueblos originarios indígenas y afrodescendientes y de su ambiente ecológico. En La Macarena-Ariari se ha desarrollado durante más de 50 años un proceso que el PNUD llama de colonización desordenada.
Para superar el desplazamiento, el PNUD recogió propuestas de solución formuladas por organizaciones de población desplazada en cada región y, con fundamento en lecciones aprendidas de otros países y los desarrollos normativos internacionales sobre desplazamiento y derechos humanos, las organizó en 18 recomendaciones dirigidas al Estado: reconocimiento de las economías campesinas y las de los grupos étnicos (que es lo contrario a su eliminación, promovida por el Estatuto de Desarrollo Rural del anterior Gobierno, declarado inconstitucional) [3], estabilización socioeconómica con criterio colectivo, derecho a la verdad (y a la justicia y reparación integral), consulta previa, apoyo especial a las mujeres desplazadas, construcción de redes de la sociedad civil, entre otras. Además, recomendó a la comunidad internacional brindar apoyo técnico y garantías de neutralidad en las decisiones de reparación y estabilización socioeconómica de la población desplazada.
Condición necesaria para su éxito, y esto no lo afirma el PNUD, es la modificación del modelo de desarrollo discriminatorio que se expresa en cada una de las regiones. Si se siguen permitiendo las compraventas abusivas de tierras por parte de cuatro o cinco terratenientes en Montes de María, las explotaciones madereras y ahora mineras en el Alto San Juan, y la colonización indefinida en La Macarena-Ariari, el desplazamiento forzado continuará violentando nuestra historia. Lo propio puede decirse de otras 39 zonas identificadas como las mayormente expulsoras del país. Las tres analizadas en este estudio son apenas una muestra de ellas. Es necesario evitar que entre las locomotoras de desarrollo haya alguna locomotora de desplazamiento.
[1] Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, Desplazamiento forzado, tierras y territorios. Agendas pendientes: la estabilización socioeconómica y la reparación, Colección Cuadernos del Informe de Desarrollo Humano Colombia 2011, Bogotá, 2011.
[2] Naciones Unidas, Consejo Económico y Social, Comisión de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, Sr. Rodolfo Stavenhagen, Adición, Misión a Colombia, doc. E/CN.4/2005/88/Add.2, 10 de noviembre de 2004, párr. 115.
[3] Corte Constitucional, sentencia C-175/09, 18 de marzo de 2009, M.P.: Luis Ernesto Vargas Silva.