Con esta serie de publicaciones cortas la Comisión Colombiana de Juristas quiere dar a conocer qué tanto ha cumplido el Estado colombiano las recomendaciones internacionales formuladas por los diversos mecanismos de la ONU y del sistema interamericano de derechos humanos (SIDH), entre los años 2016 y 2022, sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos.
En este primer número se analizan las recomendaciones sobre mujeres lideresas y defensoras de derechos humanos, y su nivel de cumplimiento.
Una defensora de derechos humanos es, de acuerdo con la Declaración de la ONU sobre Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos y el SIDH, toda niña o mujer que de manera individual o colectiva promueve o protege los derechos humanos y las libertades fundamentales, en los planos nacional e internacional.
Además, dada la importancia de la labor que desempeñan estas personas, el SIDH ha reconocido el derecho a defender los derechos humanos como el derecho a promover y defender libremente cualquier derecho “cuya aceptaciónes indiscutida”, así como “nuevos derechos o componentes de derechos cuyaformulación aún se discute”. Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha establecido que es obligación de los Estados garantizar las condiciones fácticas para que las personas defensoras de derechos humanos puedan ejercer libremente su función.