Litigio internacional y contencioso administrativo

Compartir en  

Homicidio del periodista Jaime Garzón llega a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Lunes 26 de septiembre de 2022

En su informe, la CIDH admitió el estudio por la violación a los derechos fundamentales a la vida, integridad personal, libertad personal, libertad de pensamiento y expresión, las garantías judiciales y de protección judicial por el homicidio de Jaime Garzón Forero cometido el 13 de agosto de 1999, cuando fue interceptado por dos hombres que le propinaron cinco disparos mientras se dirigía a su trabajo en la emisora Radionet.

Bogotá D.C., 26 de septiembre de 2022. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, admitió recientemente la petición que la Comisión Colombiana de Juristas, CCJ, y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, Cajar, hicieron en 2011 por el asesinato del periodista crítico y mediador humanitario   Jaime Hernando Garzón Forero. Desde entonces, las organizaciones han insistido en que dada la sustancial impunidad en que se mantienen los hechos es necesario un pronunciamiento de fondo que establezca la responsabilidad internacional del Estado colombiano.

En este informe, la CIDH desestimó las pretensiones de inadmisión del caso planteadas por el Estado colombiano, con las cuales se buscó mostrar diligencia en avances judiciales y justificar la impunidad, la falta de sanción y judicialización de los responsables, en especial de los altos mandos militares que habrían estado involucrados en el asesinato, y que no han sido sancionados.

La CIDH señaló que si bien se han producido investigaciones penales y decisiones contencioso administrativas, han trascurrido 23 años desde el momento del crimen sin que se haya identificado, investigado y juzgado a todos los responsables de su asesinato, “ni mucho menos indagado sobre todos los posibles responsables intelectuales dentro de la cadena de mando militar y civil[1]”.

Sobre las investigaciones penales, la CIDH subrayó que “esta carga debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico propio, y no como una gestión de intereses de particulares o que dependa de la iniciativa de estos ni de la aportación de pruebas [por parte de las víctimas]”. Igualmente, la Comisión recordó que “la Corte Interamericana [de derechos humanos] ha establecido que la obligación de investigar incluye a la totalidad de los autores materiales e intelectuales, así como a eventuales encubridores[2]”.

Con este informe de admisibilidad se da paso a la etapa de fondo y se otorga a cada una de las partes un término para presentar sus alegaciones por escrito. Las organizaciones y las víctimas celebramos la llegada del caso a esta instancia internacional como un paso importante para el restablecimiento de los derechos vulnerados a la familia de Jaime Garzón y a la sociedad colombiana. También lo valoramos como un aliciente para la lucha histórica de sus familiares por la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

A propósito de ello, persistimos en el llamado a la Fiscalía General de la Nación para que cumpla con los estándares interamericanos en materia de investigación y judicialización, de tal forma que identifique a todos los determinadores, agentes del Estado y civiles que cometieron este crimen. Es necesario que esta entidad reanude las investigaciones sobre el posible concierto para delinquir agravado que se gestó para encubrir a los verdaderos responsables, desviar las investigaciones y asegurar la impunidad.

Para el Cajar y la CCJ es claro que quienes desviaron la investigación no incurrieron solamente en los delitos de fraude procesal y falso testimonio, como lo aseguró en su decisión la Fiscalía para inhibirse de seguir conociendo estos hechos bajo el argumento de que se trataba de delitos prescritos. Si la investigación realizada por esta entidad se adecuara a un enfoque macrocriminal, tendría a su alcance los elementos indiciarios y el material probatorio para esclarecer que hicieron parte de un entramado que ideó, ejecutó y encubrió el asesinato de Jaime.

La Comisión Interamericana también tendrá la oportunidad de hacer seguimiento al funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz en relación con este caso.  En esta decisión señaló que no puede pronunciarse sobre su eficacia, ya que es un debate de fondo. A futuro deberá decidir si es un escenario favorable para la satisfacción de los derechos de los familiares de Jaime Garzón Forero. 

Al respecto, se recuerda que las víctimas se encuentran acreditadas ante la JEP; dado que no existe un macrocaso en el que se inscriba el homicidio de Jaime Garzón, su participación se ha dado ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que conoció los sometimientos de Jorge Eliécer Plazas Acevedo, excoronel del Ejército, y José Miguel Narváez Martínez, exsubdirector del DAS. Ninguno ha realizado aportes significativos a la verdad.

Seguiremos acompañando el trabajo incansable de las víctimas para que el asesinato de Jaime Garzón Forero no quede en la impunidad, para que su legado permanezca vivo y para aportar a la construcción del país que él soñaba: “una patria digna, grande y en paz”.

Comisión Colombiana de Juristas -CCJ- y Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo – Cajar-

Contacto de prensa:

Paola Sánchez, Comisión Colombiana de Juristas, 321 8749523.
Angélica Chaparro, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, 321 3819733.

[1] Informe de Admisibilidad, p. 8.

[2]Ibidem,p. 8.